ALIMENTOS Y PANDEMIA
Trib. Coleg. Fam. 4ta. Nom. Rosario, 22/3/2021, “M., J. C/ C., L. E.” Y VISTOS: Los presentes autos caratulados "M. E., J. c. C., L. E. s. Alimentos provisorios" Expte. N° 2695/2020 CUIJ 21-11366233-3, venidos a resolver el pedido de compensación extraordinaria formulado por la actora en el punto VI de la demanda (fs. 14 vta./ 15). Y CONSIDERANDO: 1. Que la Sra. M. inicia los presentes autos con el pedido cautelar de fijación de una cuota alimentaria provisoria y compensación extraordinaria (escrito cargo N°18.020/2020, a fs. 12/16), cuestiones de las que se diótraslado al demandado por el término de tres días. A su turno, el Sr. C. contesta el traslado conferido con referencia a los alimentos ordinarios y extraordinarios, aunque nada dice respecto al pedido de compensación extraordinaria (vide escrito cargo N° 20.180/2020, a fs. 36/42). Conferida Vista a la Sra. Defensora General (decreto de fecha 20.10.202...